Presentaciones artísticas y culturales incluidas en la excepción de la restricción vehicular diurna 

  • A partir del 10 de mayo rige la excepción a la restricción vehicular diurna para personas que asistan a presentaciones artísticas, culturales y de entretenimiento -espectáculos-.

  • Las actividades artísticas que regula la excepción deben realizarse en establecimientos con Permiso Sanitario de Funcionamiento (PSF) -para este tipo de actividades-, desarrolladas según los protocolos sub sectoriales aprobados.

  • Las personas deberán portar comprobante de compra o reservación expresa, en formato impreso o digital.

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San José, viernes 07 de mayo de 2021. El Ministerio de Cultura y Juventud comunica a toda la comunidad artístico-cultural y a toda la ciudadanía, el Decreto Ejecutivo N° 42297-MOPT-S publicado en el Alcance No. 91 de La Gaceta No. 87 del 07 de mayo de 2021, que permite que las personas que asisten a presentaciones artísticas y culturales puedan trasladarse, con la presentación del comprobante de compra o reservación previa.

“La excepción vehicular fue una solicitud elevada por el sector artístico y cultural y apoyada por este Ministerio, en atención a las necesidades económicas y de reactivación de uno de los sectores más golpeados por las medidas de contención de contagio por COVID-19. Sabemos que el sector está sumamente comprometido con el cumplimiento de los protocolos sanitarios necesarios, para asegurar la salud del público que asista a sus espectáculos”, expresó Sylvie Durán, Ministra de Cultura y Juventud.

El esfuerzo compartido por generar espacios seguros, tanto de las personas trabajadoras del arte y la cultura como de los administradores de los establecimientos que ofrecen estas actividades, deberán asegurar que el comprobante contenga, al menos, la siguiente información:

  1. Nombre y dirección del establecimiento autorizado.

  2. Fecha de la actividad.

  3. Hora de inicio y finalización de la actividad.

  4. Nombre de la actividad.

Las personas deberán portar su comprobante, tanto de forma impresa o en formato digital, para mostrarlo a las autoridades correspondientes en caso de ser requerido durante la restricción vehicular diurna.
Con esta excepción y el riguroso cumplimiento de los protocolos y medidas sanitarias, el Ministerio de Cultura y Juventud se suma al compromiso de los cines, autoeventos, teatros, conciertos o presentaciones artísticas y culturales, que tras ser habilitados por el Ministerio de Salud, contar con permiso sanitario de funcionamiento para este tipo de actividades y cumplir con los horarios de atención al público, generan espacios de recreo, salud mental y resiliencia de nuestras audiencias, ciudadanía y familias que acceden a los diferentes servicios.

Enlace al Decreto https://www.imprentanacional.go.cr/pub/2021/05/07/ALCA91_07_05_2021.pdf

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