Contribuyentes deben tener documentación de patrimonio al día con Hacienda antes de cierre fiscal
Toda persona que tenga sociedades que posean activos, independientemente sean bienes muebles, inmuebles, incluso inversiones o cuentas bancarias, debe estar preparando la documentación que soporte la información que el Ministerio de Hacienda requerirá sea declarada para el final del periodo fiscal 2020.
Hacienda podrá verificar que los activos propiedad de sociedades inactivas, cuenten con el valor correcto declarado para efectos tributarios, así como la sociedad cuente con los comprobantes de respaldo pertinentes que logren demostrar que los fondos con que fueron adquiridos provengan de ingresos declarados o exentos a afectos del Impuesto sobre la Renta.
“El Misterio de Hacienda ha venido tomando medidas desde el inició de la pandemia, lo que ha significado extensión de fechas para el pago de impuestos y exenciones. Sin embargo, cuando pasen los efectos lamentables de la Covid-19, es un hecho que Hacienda revisará con lupa a todo tipo de negocio para verificar con el objeto de fiscalizar el cumplimiento fiscal y recuperar un poco las debilitadas finanzas públicas”, explicó Pablo González, Director de impuestos de la firma Sfera.
Es importante que los contribuyentes revisen cómo anda la operación de la empresa, el servicio que brindan los proveedores, los bienes que tienen o que han adquirido, para que cuando tengan que dar informes, el trámite sea rápido y sin problemas.
Las fechas de pago se mantienen, salvo que los contribuyentes quieran aplicar la moratoria. La moratoria aplica para el Impuesto selectivo de Consumo y para el IVA que resulta a pagar luego de la presentación de las declaraciones de impuestos. Este impuesto es el que es posible diferir el pago hasta el 31 de diciembre de 2020.
El IVA que cobren los proveedores hay que pagarlo, al igual como el que se le cobre a los clientes; el IVA que no se paga es el que resulte a pagar de la declaración de impuestos.
“No podemos dejar la formalidad, debemos documentar cualquier imposibilidad de pago o cumplimiento, no solo desde el punto de vista de los impuestos, si no desde el punto de vista comercial. Estamos ante una situación de fuerza mayor, que es una causa de exculpación ante el Estado y ante socios comerciales”, agregó González.
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Acerca de Sfera
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